Procedimientos de Disputa
El Acuerdo insta a la solución coercitiva y obligatoria de las disputas por pesca en alta mar mediante un tercer partido. Los Estados pueden escoger entre un número de opciones establecidas por el Derecho del Mar, que incluyen la apelación al Tribunal Internacional sobre Derecho del Mar, la Corte Internacional de Justicia o un tribunal ad hoc creado para arbitrar disputas particulares.
El derecho de abordar e inspeccionar los barcos pesqueros en aguas internacionales se mostró controvertido durante las negociaciones. Los Estados de aguas lejanas, incluyendo los miembros de la Unión Europea (UE), sintieron que el tema debía ser determinado por las organizaciones regionales de pesca. Los Estados costeros mantuvieron que el derecho de abordar e inspeccionar debía ser incluido en el acuerdo internacional ya que es esencial para asegurar el cumplimiento de las medidas de conservación. La UE expresó temor de que la práctica pudiera llevar al acoso y al uso de la fuerza e alta mar. Dijo que buscaría condiciones más específicas de las organizaciones regionales de pesca.











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